Pregunta 1 de 3
Alcance de la ley
¿Tu empresa produce, importa o distribuye productos prioritarios?
Ley N° 20.920 · Ministerio del Medio Ambiente
La ley aplica si tu empresa: fabrica o importa envases (cajas, botellas, bolsas, etiquetas), vende aparatos electrónicos o eléctricos, comercializa neumáticos, aceites o lubricantes, o distribuye pilas y baterías. También aplica a supermercados, tiendas retail y distribuidores que pongan estos productos en el mercado chileno.
Si tienes dudas, la respuesta más segura es "probablemente sí" — la ley tiene un alcance amplio.
Plan de gestión
¿Tu empresa tiene un plan formal de gestión de residuos con gestor autorizado?
Ley N° 20.920 · Art. 15 y siguientes
Un gestor autorizado es una empresa registrada ante el Ministerio del Medio Ambiente que se hace cargo formalmente de la recolección, transporte y valorización de los residuos. Simplemente reciclar con cualquier empresa no cumple — debe ser un gestor inscrito en el Registro de Gestores del MMA con los certificados correspondientes.
Reciclar de forma informal no cuenta como cumplimiento. Se requiere contrato formal y trazabilidad documental.
Declaración SINADER
¿Tu empresa realiza la declaración mensual de residuos en el sistema SINADER?
Sistema Nacional de Declaración de Residuos · MMA
SINADER es el Sistema Nacional de Declaración de Residuos del Ministerio del Medio Ambiente. Las empresas sujetas a la Ley REP deben declarar anualmente los residuos que generan y cómo los gestionan. Es un trámite en línea en mma.gob.cl. No declarar es una infracción independiente del cumplimiento del plan.
La declaración SINADER es obligatoria y complementaria al contrato con el gestor autorizado.
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